concurso nacional de cuentos y poesia Eduardo Cote Lamus & Jorge Gaitán Durán

RESOLUCIÓN No.   0 0 4 5  

(    20  MAYO 2024    )

LA SUSCRITA SECRETARIA DE CULTURA DEPARTAMENTAL, en uso de sus facultades legales, nombrada mediante Decreto Nº000007, posesionada mediante acta No. 13299 del 2 de enero del 2024, y quién actúa en nombre y representación del Departamento Norte de Santander, entidad con Nit. No.800103927-7 y en cumplimiento del Artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, Decreto 092 de 2017,  y de conformidad a lo establecido en la sección 2, numeral 1 del manual de contratación adoptado por la Gobernación del Departamento Norte de Santander mediante el Decreto 000979 del 24 de noviembre de 2020 y el Decreto 00768 de 12 junio 2019, “Por el cual se establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleados de planta de nivel central del Departamento Norte de Santander” numeral 21, el Secretario de Cultura podrá expedir los actos administrativos y resolverlos recursos de su competencia, de conformidad con las normas legales vigentes y

CONSIDERANDO

Que, artículo 2° de la Constitución Política, establece que “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución. (…)”.

Que, la Carta Política vigente afirmó el papel de la cultura como fundamento de la nacionalidad, al considerarla una dimensión especial del desarrollo, un derecho de la sociedad y una instancia que identifica a Colombia como un país multiétnico y pluricultural. La Constitución garantiza los derechos culturales y proporciona los marcos para el desarrollo legislativo del sector.

Que, los artículos 7, 8, 10, 63, 70, 71 y 72 de la Constitución Política de 1991 contemplan, en lo que respecta al patrimonio cultural, la protección, que compete tanto al Estado como a los particulares; la libertad esencial, que debe proyectarse en la búsqueda del conocimiento y la expresión artística (…)”.

Que, el Articulo 18 de la Ley 397 del 07 de agosto de 1997 establece de los Estímulos: El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo.

Que, en cumplimiento a plan de desarrollo buscamos cumplir con  “… convocatoria nacionales  del concurso  Eduardo Cote Lamus…”, y “…  convocatoria nacionales del concurso Jorge Eliecer Gaitán…”, razón por la cual se procede adelantar desde el despacho las gestiones requeridas para el cumplimiento de este propósito. Que, teniendo en cuenta la anterior normatividad cultural mencionada, se estima conveniente realizar el XXIII CONCURSO NACIONAL DE POESÍA EDUARDO COTE LAMUS Y EL XXII CONCURSO NACIONAL DE CUENTO JORGE GAITÁN DURÁN 2024, la cual se regirá por los siguientes lineamientos:

Al momento de remitir la obra, el participante deberá escribir en el asunto PARA PARTICIPAR EN CONCURSO DE POESÍA O CUENTO, según sea el caso. Los archivos en formato PDF se deben identificar o nombrar en forma clara, tanto para el concurso de cuento como para el de poesía, con el título de la obra. El archivo de los datos personales con la palabra “datos personales de NOMBRE DEL PARTICIPANTE”.

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO. CONVOCAR, a la apertura pública del XXIII CONCURSO NACIONAL DE POESÍA EDUARDO COTE LAMUS Y EL XXII CONCURSO NACIONAL DE CUENTO JORGE GAITÁN DURÁN 2024 para los colombianos residentes en el país o en el exterior y extranjeros que residan en Colombia, Binacionales o con nacionalidad colombiana desde hace cinco años y que no hayan sido premiados en este concurso. (El participante deberá anexar una declaración donde certifique que no incumple con este Articulo).

ARTICULO SEGUNDO. ADOPTAR, LINEAMIENTOS Y DISPOCISIONES, Bases del Concurso:

  1. Podrán participar colombianos residentes en el país, colombianos residentes en el exterior y Binacionales o con nacionalidad colombiana desde hace cinco años y que no hayan sido premiados en este concurso. (El participante deberá anexar una declaración donde certifique que no incumple con este numeral).
  2. El concurso es de tema libre, pudiendo presentar cada autor un libro (cuento o poesía), siendo condiciones necesarias que sea una obra inédita; y quien participe en la modalidad de cuento no podrá escribir a grupo poblacional infantil ni temática infantil.
  3. La extensión de la obra: Tanto para cuento como para poesía: la obra deberá tener una extensión no menor de 40 páginas ni superior a 80 páginas.
  4. Para la modalidad de cuento debe tener mínimo cuatro (4) cuento y la extensión mínima será de siete (7) páginas y máxima de quince (15) paginas.
  5. Las obras deberán estar escritas en idioma español (castellano), digitada en computador, en tamaño carta, interlineado de 1,5, fuente de 12 puntos, tipo de letra Arial o Times New Roman. Las márgenes del texto no podrán ser menores a 2,5 cms por cada uno de los lados, con páginas numeradas.
  6. La presentación de las obras al Concurso: El concursante deberá remitir DOS archivos con su obra y los datos personales, por separado, en formato PDF, al correo electrónico concursopoesiaycuentonds@espacioliterario.com.
  7. La Organización estableció que la obra del participante se inscribe en el formato del Portal del Concurso ( https://espacioliterario.com/inscripcion/ ) y se adjunta el material en formato PDF, al tiempo que la remite por el correo electrónico oficial del concurso ( concursopoesiaycuentonds@espacioliterario.com ) como respaldo de su aplicación formal a la presente convocatoria, como se trata de un respaldo de las obras presentadas al Concurso, estos correos no se responderán, como tampoco se dará información a través de este medio.
  8. La información o aclaración que los escritores requieran deben pedirla a través de la sección de contacto en el portal web oficial del concurso  https://espacioliterario.com página oficial del sector literario de Norte de Santander, coordinado por La Secretaría de Cultura de Norte de Santander.
  9. Al momento de remitir la obra, a través de únicamente los canales oficiales del concurso y su portal web, el participante deberá escribir en el asunto PARA PARTICIPAR EN CONCURSO DE POESÍA O CUENTO, según sea el caso. Los archivos en formato PDF se deben identificar o nombrar en forma clara, tanto para el concurso de cuento como para el de poesía, con el título de la obra. El archivo de los datos personales con la palabra “datos personales de” NOMBRE DEL PARTICIPANTE.
  10. Los premios de cada convocatoria tendrán un reconocimiento económico de quince millones ($15.000.000) de pesos y la publicación de las obras ganadoras, tanto de poesía como de cuento.
  11. El Departamento Norte de Santander se reserva todos los derechos de autor de la primera edición. La publicación de las dos obras ganadoras se hará en medio impreso y digital simultáneamente.
  12. El autor ganador sin exclusividad cede los derechos de publicación por una sola vez a la Gobernación de Norte de Santander para su difusión impresa, como digital en el Portal oficial del Concurso.
  13. La Gobernación de Norte de Santander realizará la impresión de las dos obras ganadoras, entregando un 40% del número de ejemplares impresos al autor ganador. El 40% se entregará como dotación bibliográfica a las bibliotecas públicas del Departamento y universidades e instituciones educativas de la región. El 20% restante quedará en la Secretaría de Cultura Departamental a disposición de la Gobernación de Norte de Santander, de donde se cumplirán las obligaciones como el Depósito Legal (Decreto 1080 de 2015).
  14. Los originales premiados quedarán de propiedad de la Gobernación de Norte de Santander, la cual se reserva el derecho a publicarlos.
  15. Cualquier vacío en las presentes bases podrá ser resuelto por la Gobernación a través de la Secretaría de Cultura Departamental.
  16. El hecho de presentarse al concurso supone la aceptación de estas bases.

ARTICULO TERCERO.   ADÓPTESE, el cronograma para el presente XXIII CONCURSO NACIONAL DE POESÍA EDUARDO COTE LAMUS Y EL XXII CONCURSO NACIONAL DE CUENTO JORGE GAITÁN DURÁN 2024” así:

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDADFECHA ESTABLECIDAENTIDAD O PERSONA RESPONSABLE
Lanzamiento, oficial del concurso29 de abril de 2024Secretaría de Cultura de Norte de Santander
AperturaAperturaSecretaría de Cultura de Norte de Santander
Recepción de trabajos postuladosDesde 04 de junio hasta 12 de julio del 2024 a las 06:00 p.m.Secretaría de Cultura de Norte de Santander
Preselección / primer proceso de valoración22 de julio hasta 30 de agosto del 2024 a las 06:00 p.m.Secretaría de Cultura de Norte de Santander
Valoración Juzgamiento obras finalistas 
02 de septiembre a 02 de noviembre del 2024 a las 06:00 p.m.
Secretaría de Cultura de Norte de Santander
Fallo definitivo de los jurados12 de noviembre de 2024 a las 06:00 p.m.Secretaría de Cultura de Norte de Santander
Ceremonia de premiación y reconocimientos 
22 de noviembre de 2024 a las 06:00 p.m.
Secretaría de Cultura de Norte de Santander
Edición, diseño e impresión de obras02 de diciembre a 20 de diciembre del 2024Secretaría de Cultura de Norte de Santander

ARTICULO CUARTO. Publíquese el proceso en la página Web https://espacioliterario.com, página oficial del sector literario de Norte de Santander, coordinado por La Secretaría de Cultura de Norte de Santander, el cual deberá contener el presente acto administrativo, los lineamientos de la convocatoria y el formato de inscripción para los escritores interesados en la participación de este concurso.

ARTICULO QUINTO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en san José de Cúcuta a los: 20 días del mes de mayo de 2024

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MARTHA MARIA REYES PARRA

Secretaría De Cultura De Norte De Santander

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